La Orden de Fisioterapeutas (OF) está en proceso de creación y, aunque tiene competencias, la definición de las especialidades de fisioterapia y los requisitos para el reconocimiento de un especialista en el contexto de las tareas de la Comisión de Instalación (CI) no son prioritarios por el momento.
Esto no invalida el hecho de que exista un proceso de reflexión al respecto, basado en particular en la experiencia ya desarrollada por los Grupos de Interés de la APFisio, en ejemplos internacionales en el ámbito de la Fisioterapia y, a nivel nacional, en la experiencia de otras profesiones sanitarias.
La especialización de los fisioterapeutas tiene como objetivo mejorar los niveles de calidad de la atención fisioterapéutica prestada a los usuarios y promover su desarrollo profesional continuo.
Se consideran esenciales como referencia las directrices de la WCPT al respecto ( https://www.wcpt.org/policy/ps-specialisation), a saber
- Las especialidades son áreas de estudio y práctica de la Fisioterapia en las que es posible que los fisioterapeutas adquieran y demuestren "competencias avanzadas / aumentadas" en relación con las requeridas para el acceso a la profesión y al título profesional.
- Debe existir un proceso formal y documentado de especialización, que reconozca estas competencias en competencias clínicas concretas.
- La especialización no debe considerarse una limitación de la práctica. El campo de actividad reconocido como fisioterapia permanecerá abierto a todos los fisioterapeutas debidamente cualificados.
- Se espera que los especialistas desarrollen su actividad profesional en su área de especialización clínica, contribuyan a la enseñanza y a la evaluación de la práctica profesional, con vistas a mejorar los servicios prestados. También se espera que lleven a cabo proyectos de investigación y contribuyan al desarrollo y la difusión de conocimientos en su área de especialización.
En esencia, por tanto, será importante considerar tres elementos sustanciales en el proceso de especialización:
- Estar en posesión de una formación avanzada de posgrado, con reconocimiento académico;
- Demostración de aptitudes clínicas y experiencia probada en el área de especialización;
- El desarrollo de habilidades en el área de la investigación (Análisis crítico de la investigación publicada para apoyar una práctica basada en la evidencia científica, con una contribución publicada al desarrollo del conocimiento en el área de especialización).
La IC de la OF considera que el perfil del especialista se ajusta claramente a los descriptores del máster y que éste es una vía potencial, pero no la única, en el proceso formal de reconocimiento del estatus de especialista.
La concesión del título de especialista presupone que es el titular quien debe demostrar periódicamente que sigue mereciéndolo, lo que implica un sistema de renovación de la posesión del título de especialista.
Se considera prudente definir un número reducido de especialidades, a ser posible en paridad con la práctica internacional o con la de los países de referencia. En los casos en que no se justifique la creación de una especialidad autónoma, podrá crearse un sistema de certificación de la competencia, alternativo al de las especialidades.
En el contexto de los Grupos de Interés de APFisio, habrá que estudiar aquellos que puedan servir de semillero para el desarrollo de especialidades.
Hasta la creación de especialidades o competencias certificadas avanzadas/incrementadas, cuando la OF sustituya a la APFisio en el WCPT, tal y como se ha acordado, la OF se ha comprometido con la APFisio a asegurar el necesario "aval" de los Grupos de Interés que tengan pertenencia a subgrupos reconocidos por el WCPT, de forma que se garantice la continuidad de las representaciones ya adquiridas.